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¿Por qué fracasó la propuesta de Nueva Constitución en Chile?

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EP New York/Latinoamérica

¿Por qué fracasó la propuesta de Nueva Constitución en Chile?

Hasta que, sorpresivamente, el silencio democráticamente se impuso frente a los gritos de la calle…

Níkolas Stolpkin

Los resultados del plebiscito de salida están señalando claramente que las ideas de ciertas minorías no pueden estar por sobre las ideas de una gran mayoría.

Esa gran mayoría pudo muy bien haber tenido acceso al texto de la propuesta de Nueva Constitución y haber sacado sus propias conclusiones. No podemos ahora tratar a esa gran mayoría de “ignorantes”, “egoístas”, “cobardes”, “amantes de la esclavitud”, “sin comprensión lectora”, etc. El pueblo de Chile habló muy claro y de la forma más democrática posible: en las urnas. La opción del Apruebo obtuvo el 38,14% de los votos (4.860.093) y la opción del Rechazo obtuvo el 61,86% (7.882.958). Más de 20 puntos de diferencia.

Es de esperar que muchos ahora se puedan bajar de su superioridad moral y puedan aprender a escuchar humildemente las opiniones e ideas distintas, aunque no les guste.

Ahora hay que dejar atrás la arrogancia y los cantos de victoria que muchos de la opción del Apruebo comenzaron a ondear antes por ciertos apoyos internacionales o de ciertas figuras con relevancia, por ciertos actos multitudinarios o por ciertos resultados obtenidos en el extranjero. De nada les sirvió.

La opción del Apruebo ahora debería reconocer que son una “minoría” y que, si deseara nuevamente instalar sus ideas, debería dejar de lado las ideas de ciertas minorías que suele representar, y ponerse de acuerdo con su contraparte para satisfacer a esa gran mayoría.

No es difícil llegar al porqué la opción del Apruebo fracasó en esta oportunidad. Desde la arrogancia de los propios constituyentes elegidos (en contra de ciertas “minorías políticas”), hasta ciertos puntos que nunca debieron abordarse de la forma en que lo hicieron, y que quisieron entrar “colados” a la propuesta de Nueva Constitución, u otros que no fueron fortalecidos ni esclarecidos.

Si se pudo leer el texto completo de la propuesta de Nuevo Constitución, claramente podemos encontrarnos con una constante ideológica: ser “paritaria” y señalar aquello del “efoque de género” o “perspectiva de género”, un claro guiño al movimiento feminista actual. Lo anterior, como se vió, fue parte fundamental de su estructura y se puede constatar fácilmente. Después nos podemos encontrar con ciertos temas que en la arena mundial han sido muy conflictivos y que muchos de nosotros, legítimamente, nos pudimos hacer ciertas preguntas. Ejemplos:

En el Artículo 68, numeral 1, se garantiza el “derecho a una muerte digna” (¿rumbo a la Eutanasia?).

-En el Artículo 89, numeral 1, se garantiza el derecho a un “espacio digital libre de violencia” (¿rumbo a una “Ley Mordaza” en internet?).

-En el Artículo 61, numeral 2, se garantiza el derecho a una “interrupción voluntaria del embarazo” (¿rumbo al aborto libre? ¿Significa que se podría abortar cuando se le pegue la gana y de acuerdo a los límites que disponga la ley?).

-En el Artículo 9 se declara un “Estado laico” (¿irrespeto o abandono del Estado hacia los creyentes cristianos que sobrepasan aproximadamente el 90% de toda la población chilena? Qué pasaría con las fiestas cristianas reconocidas hoy por el Estado, con sus respectivos días feriados ¿dejarían de ser reconocidas para no entrar en conflicto con otras creencias, o el Estado, para ser justo, reconocería todas las fiestas por igual de creyentes de otras creencias? ¿Con esto se podría entrar a modificar la letra del himno patrio?).

-En el Artículo 21, numeral 2, se declara en contra de la pena de muerte: “Ninguna persona puede ser condenada a muerte o ejecutada…” (¿No se podría aplicar la pena de muerte para casos deleznables en la opinión pública?).

-En el Artículo 27, numeral 1, es parcial cuando se trata de tener “una vida libre de violencia de género”. Textualmente dice: “Todas las mujeres, las niñas, las adolescentes y las personas de las diversidades y disidencias sexuales y de género tienen derecho a una vida libre de violencia de género en todas sus manifestaciones, tanto en el ámbito público como en el privado, sea que provenga de particulares, instituciones o agentes del Estado”. (¿No existe violencia hacia los niños, los adolescentes o hacia los hombres también? ¿Por qué no señalar mejor: “Toda persona tiene derecho a una vida libre de violencia de género…”?).

-En el Artículo 40 señala: “Toda persona tiene derecho a recibir una educación sexual integral, que promueva el disfrute pleno y libre de la sexualidad…” y que “erradique los estereotipos de género”. (¿Fin de la inocencia de los niños desde que empieza la educación obligatoria? ¿Fomento de la confusión en los niños?).

-En el Artículo 64, numeral 1, señala íntegramente: “Toda persona tiene derecho al libre desarrollo y pleno reconocimiento de su identidad, en todas sus dimensiones y manifestaciones, incluyendo las características sexuales, identidades y expresiones de género, nombre y orientaciones sexoafectivas”. (¿Se intenta aquí abrir las puertas a desviaciones sexuales de todo tipo? ¿Podría acá entrar la pedofilia?).

-En el Artículo 131, numeral 1, señala: “Los animales son sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato”. (¿Se querrá  aquí atentar contra la industria nacional cárnica y el derecho a comer carne? ¿Se verán amenazados ciertas tradiciones populares tales como el rodeo? ¿Ya no se podrá castrar a los animales para que no se reproduzcan? ¿Se intentará prohibir los venenos para ratas? ¿Ya no se podrá marcar al ganado con hierro candente?).

Simplemente los constituyentes no supieron sintonizar con el pueblo de Chile, más pudieron sintonizar con sus propios intereses individuales. En definitiva, no supieron interpretar los reales intereses del pueblo.

Pero el gran problema estuvo desde el principio. Los constituyentes electos democráticamente por el pueblo pensaron erróneamente, al calor de la validación popular (después del denominado “estallido social”), que estaban mandatados para hacer lo que les viniera en gana. Es por eso que en ciertas oportunidades vimos el interés de hacer cambios profundos (como re-nacionalizar el cobre), pero que no tuvieron un amplio apoyo popular. En otras palabras, proponían ideas que podríamos llamar revolucionarias, de interés general, pero que carecía de la maduración suficiente del factor subjetivo. Por lo que tuvieron que resignarse con las ideas que ya tenían cierta relevancia a nivel nacional y mundial, que formaban parte de ese mundo particular de lo “políticamente correcto”, pero que en el plebiscito de salida pudieron constatar que no tenían un amplio apoyo popular.

En definitiva, el plebiscito de salida resultó ser un baño de agua fría para los partidarios del Apruebo que les hizo ver que todos aquellos movimientos sociales (feministas, animalistas, LGTBIQ+, etc.) son de alguna forma una ilusión óptica creada artificialmente y que los grandes medios, en conjunto con cierta élite política, se han encargado de darles cierta importancia pero sin poder tener un apoyo real de estas mayorías silenciosas que en el plebiscito de salida se hicieron presentes.

Sinceramente no sabemos qué va a pasar ahora con los conceptos de “plurinacionalidad”, “precio justo”, “paridad”, “enfoque de género”, etc. No sabemos qué va a pasar ahora con el “aborto libre” o la “interrupción voluntaria del embarazo”, el “Estado Laico”, los “escaños reservados”, etc. A partir de la gran derrota, todo lo anterior pareciera haber quedado en cero.

El consejo que se podría dar, si se quiere llegar a una Nueva Constitución, es que primero se debiera empezar por el respeto; el respeto a los que piensan distinto, el respeto al creyente mayoritario, el respeto a las costumbres populares, el respeto a los emblemas patrios, el respeto a la familia, el respeto a aquellos padres a criar a sus hijos como ellos quieran, etc.

Si deseamos, además, meter puntos muy conflictivos a una nueva propuesta de Nueva Constitución, lo ideal sería resolverlos aparte, cada uno, con participación popular, y así evitar volver a encontrarse con un crudo rechazo nacional.

Las minorías intolerantes, desgraciadamente, ahora han sentido la fuerza de todo un pueblo. Quisieron meter sus ideas particulares sin ningún respeto por las mayorías y este ha sido el cruel resultado. Es comprensible que ahora puedan masticar la derrota.

¿Dónde queda el ejercicio de la crítica y la autocrítica que debe haber ante un escenario adverso? ¿Sólo nos limitaremos a denostar a ese pueblo que en la siguiente oportunidad se habrá de necesitar?

@NStolpkin
Níkolas Stolpkin

Analista político nacional e internacional – Political Analyst – Crítico de política y Cultura Contemporánea.

 

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Agencias

La “paz total” de Petro y el sometimiento a la justicia. ¿Será posible?

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EP New York | Latinoamérica | agencias

cómo Colombia sometería al narco a la justicia

BOGOTÁ — El presidente colombiano Gustavo Petro ambiciona someter a la justicia a las bandas criminales dedicadas en su mayoría al narcotráfico, en un intento por desescalar la violencia que aqueja a casi todo el país, ofreciéndoles pasar pocos años en la cárcel y una parte de los bienes que declaren a cambio de que entreguen las armas y se comprometan a no volver a delinquir.

La propuesta fue presentada el miércoles de la semana pasada al Congreso donde pronto iniciará su debate. Sin embargo, su aprobación será un reto porque Petro ya no cuenta con una mayoría oficialista tan cohesionada como meses atrás y deberá también sortear los cuestionamientos de la Fiscalía y la Procuraduría.

The Associated Press explica en qué consiste el proyecto de ley para las narco-bandas.

¿A QUIÉNES VA DIRIGIDA LA LEY?

El plan oficialista aspira a llevar ante la justicia a las organizaciones criminales dedicadas a economías ilícitas, especialmente al narcotráfico y la minería ilegal, y cuyo actuar violento afecta a la población civil tanto en las ciudades como en zonas rurales.

Uno de los grupos que podría beneficiarse de la eventual ley es el Clan del Golfo, el mayor cártel de drogas del país. Sin embargo, será una comisión gubernamental la que calificará qué estructuras pueden entrar al proceso de sometimiento y luego dará su veredicto al presidente Petro, quien tendrá la última palabra.

El proyecto aclara que al someterse no hay un “reconocimiento político” del grupo. La diferencia es clave porque en Colombia hay otros grupos armados que, aunque pueden tener vínculos con el narcotráfico, tienen un fin político. Por ejemplo, las guerrillas de izquierda buscaban tomarse el poder por las armas.

El gobierno está inmerso en diálogos de paz con el Ejército de Liberación Nacional (ELN), considerada la última guerrilla activa en el país, luego de que el Estado lograra firmar en 2016 un acuerdo de paz con la extinta Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), cuyos integrantes accedieron a una justicia especial a cambio de contar la verdad y reconocer sus crímenes.

¿CÓMO SE SOMETERÍAN A LA JUSTICIA?

El proyecto da un plazo de dos años, contados a partir de la aprobación de la ley, para que las bandas y sus integrantes firmen un acta en la que se comprometan a someterse a la justicia. El presidente podrá prorrogar por un año más ese plazo.

Para poder acceder al tratamiento penal con beneficios deben manifestar su voluntad de desmantelar la estructura, suspender todo tipo de actividades ilícitas, entregar las armas, así como a todos los secuestrados y menores reclutados, y entregar un inventario de bienes adquiridos con negocios ilegales, que servirían para reparar a las víctimas.

¿QUÉ BENEFICIOS TENDRÍAN?

Quienes hayan cometido delitos como utilización ilegal de uniformes e insignias, porte ilegal de armas y concierto para delinquir (asociación ilícita de varias personas para cometer delitos) podrían acceder a un principio de oportunidad, una figura que permite que la Fiscalía suspenda o renuncie a la persecución penal.

En ese caso, un fiscal debe solicitar a un juez que aplique el principio de oportunidad. De ser aprobado, la persona quedaría en libertad si está preso o no iría a la cárcel, y se suspendería la persecución penal por cuatro años, tiempo en que debe participar en programas de justicia restaurativa y de reintegración a la vida civil. Una vez pase ese tiempo y verifiquen que no reincidió, el Estado renuncia a la persecución penal o, por el contrario, si cometió delitos, reactiva todos los procesos penales en su contra.

Sin embargo, no podrán acceder al principio de oportunidad quienes hayan participado de graves violaciones a los derechos humanos o sido jefes o cabecillas. En ese caso, el proyecto contempla penas de seis a ocho años de cárcel, de acuerdo al grado de responsabilidad individual. Además, de cuatro años, cuando ya estén fuera de la cárcel, en los programas de justicia restaurativa.

El senador oficialista Iván Cepeda, uno de los autores del proyecto, explicó a The Associated Press que a diferencia de otras leyes que se aprobaron en el pasado, la nueva contempla una “dosificación de la pena de acuerdo a la responsabilidad que se pueda establecer sobre la comisión de los delitos y no al rango” dentro de la estructura armada, para evitar que un mando medio que puede ser responsable de graves crímenes pague menos pena que un dirigente máximo solo por su rango.

En caso de que las estructuras criminales hagan entrega anticipada de sus bienes y activos, podrían quedarse con el 6% de los mismos a manera de beneficio, siempre que eso no exceda los 10.000 salarios mínimos, lo que serían aproximadamente dos millones de dólares.

Juan David Bazzani, especialista en procesal penal y docente de la Universidad Externado, aseguró a la AP que ya existe un incentivo de quedarse con el 3% de los patrimonios ilegales en la extinción de dominio, permitida en Colombia sobre los bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilícito. Sin embargo, cuestiona qué pasará cuando esos bienes estén a nombre de testaferros y si luego de declararlos, los miembros rasos de las organizaciones podrán obtener el beneficio o solo lo harán los cabecillas.

¿CÓMO PERDERÍAN LOS BENEFICIOS?

Quienes retornen a las armas, se involucren en algún tipo de economía ilegal, sean condenados por delitos cometidos luego de que firmen el acta en el que se sometan a la justicia o no participen en programas para reparar a las víctimas y reintegrarse a la sociedad perderían los beneficios concedidos.

Michael Lee Weintraub, profesor de la Escuela de Gobierno de la Universidad de los Andes, cuestiona si hay suficientes incentivos para que los miembros de las estructuras criminales abandonen y no reincidan en las actividades ilícitas.

“Para las personas que están dentro de la cárcel puede haber muchos beneficios, porque implicaría reducción de penas y seguramente libertad. Pero para los que están fuera, habría que competir desde el sector lícito con el tráfico de cocaína que es demasiado rentable con la política de drogas actual”, indicó Weintraub a AP.

CRÍTICAS AL PROYECTO

La procuradora general, Margarita Cabello Blanco, advirtió ante la prensa de que tal como está planteada la ley, protegería más “a los victimarios que a las víctimas”, dado que se les otorgan beneficios como un límite de cárcel sin que exista “una manifestación de voluntad del sujeto responsable sobre la verdad”.

Además, a su juicio, la norma sería tan amplia que permitiría que las bandas criminales y el equipo del gobierno pacten “cualquier cosa, como por ejemplo la no extradición… Ese es el mico (la trampa) que yo veo”, agregó Cabello.

En el proyecto de ley, no hay una referencia a los procesos de extradición. El ministro de Justicia, Néstor Osuna, aseguró a la prensa esta semana que con el proyecto no se afectan “las reglas vigentes a las que el Estado colombiano se han comprometido sobre la extradición”.

El fiscal general, Francisco Barbosa, cuestionó que pueda haber “una suerte de indulto” cuando accedan al principio de oportunidad por el delito de concierto para delinquir. “Es decir, buscar que la gente salga de las cárceles como una especie de proceso de paz de La Habana, pero dentro de un proceso de sometimiento”, en referencia a los beneficios que recibieron los exguerrilleros de las FARC cuando dejaron las armas.

La antigua guerrilla es juzgada por un Tribunal de Paz y, en caso de que digan la verdad y acepten su responsabilidad, pueden acceder a sanciones que no implican cárcel.

Con información de AP

 

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Agencias

¿Por qué están llegando miles de mujeres rusas embarazadas a Argentina?

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EP New York | Latinoamérica

¿Refugiadas u oportunistas? El dilema con las embarazadas rusas en Argentina

Buenos Aires .- Maria Konovalova supo que iba a ser madre en agosto del año pasado. Entonces vivía en San Petersburgo, impartía clases de inglés para niños y estaba satisfecha con su vida. Su intención era continuar con el embarazo en Rusia, pero la “movilización parcial” decretada por el Gobierno cambió sus planes y Argentina se cruzó en su camino.

“Fue un momento terrible, porque mi marido fue al trabajo por la mañana y no sabía si podría verlo por la noche. Los policías estaban deteniendo a gente por la calle y enviándolos lejos, así que entendimos que era complicado vivir más tiempo allí”, señala la joven, de 25 años, en una conversación con EFE en Buenos Aires.

Konovalova es una de las más de 10.000 ciudadanas rusas que viajaron hasta Argentina desde principios del año pasado; un flujo visto con suspicacia por las autoridades migratorias, que interpretan estos movimientos como un método irregular de obtener la ciudadanía argentina y como un negocio para las “mafias”

El jefe del servicio de obstetricia del Hospital Alemán, Matías Uranga, posa durante una entrevista con EFE, el 26 de febrero de 2023 en Buenos Aires (Argentina). EFE/Juan Ignacio Roncoroni

Odisea en el aeropuerto embarazadas

Después de 26 horas de vuelo desde San Petersburgo, Konovalova aterrizó en el aeropuerto bonaerense de Ezeiza el pasado 9 de febrero. En ese momento no podía sospechar que pasaría otras 24 horas retenida en la sala de espera, al igual que otras cinco rusas con las que solo tenía una cosa en común: estar embarazadas.

“Los agentes de Migraciones veían extraño que viajase sola, como que quería dejar a mi bebé aquí e irme de nuevo, una historia sobre mafias o algo así (…). Después de seis horas de espera, nos dieron un papel con que no estábamos admitidas”, relata.

La versión oficial sostiene que estas mujeres eran “falsas turistas” que viajaron con la única intención de dar a luz a sus bebés, anotarlos como argentinos y abandonar el país; algo que, según la Dirección Nacional de Migraciones, supone una “desnaturalización” del acuerdo que permite a los rusos permanecer hasta 90 días sin visado en Argentina.

En este contexto, Konovalova y otras dos ciudadanas rusas contactaron con Christian Rubilar, abogado especializado en ciudadanía argentina, quien interpuso un habeas corpus para lograr su liberación y posterior ingreso en Argentina.

“Lo que se logró en los habeas corpus es que ya no se pueda arrestar más a mujeres embarazadas y que se habiliten las causales que tienen que ver con el derecho internacional humanitario”.

Partos en ascenso

La detención de estas mujeres embarazadas evidenció la creciente llegada de ciudadanos rusos a Argentina como consecuencia de la guerra: solo en enero de este año arribaron al país suramericano un total de 4.523 rusos, cifra que contrasta con los 1.037 que lo hicieron en el mismo mes del 2022, según datos oficiales.

Muchos de ellos son mujeres con 33 o 34 semanas de embarazo que buscan dar a luz en hospitales de Buenos Aires, como es el caso del Hospital Alemán, uno de los centros médicos “preferidos” por las visitantes eslavas.

“El año pasado hicimos alrededor de 30 nacimientos de pacientes rusas, lo que pasa es que este año están llegando más. Se calcula que va a haber más del doble de mujeres embarazadas que van a venir a tener sus familias acá”, asegura a EFE Matías Uranga, jefe del servicio de Obstetricia del Hospital Alemán.

Estas mujeres embarazadas vuelan al país suramericano atraídas por la “excelente” calidad de sus servicios médicos, apunta Uranga, quien constata la “preocupación” presente en la mayoría de ellas.

“Muchas mujeres deciden tener a sus familias en otros países para que sus maridos escapen de la guerra, entonces vienen con una cuestión psicológica preocupante. No solamente por la guerra, sino que salir de tu país, embarazada, e irte a otro con un idioma totalmente distinto a tener tu hijo… Es bastante complicado”, manifiesta.

Venir para quedarse

Superado el susto inicial en Ezeiza, la experiencia de Maria Konovalova en Argentina no podía ser más agradable, no sólo por la “amabilidad” y “cercanía” de sus habitantes -“no me moveré de aquí en siete años”, subraya-, sino por la posibilidad de vivir en un entorno más libre que la Rusia de Vladímir Putin.

“No quiero pensar en qué está pasando allí, porque es triste, realmente triste. Quiero que mi país sea libre y que no tenga el presidente que tiene ahora mismo; quiero que la guerra se detenga, quiero una vida mejor para los rusos… Pero ahora tengo cosas mejores en las que pensar”, afirma Konovalova, abrazando con ternura su barriguita.

Tras meses de incertidumbre, su historia, al menos, tendrá final feliz. Su pareja logró entrar en Argentina y juntos podrán criar a Aleksard, que nacerá a finales de mayo.

Con información de EFE

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Latinoamérica

6 años de cárcel para expresidenta de Argentina

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EP New York | América Latina

La vicepresidenta argentina Cristina Fernández, condenada a seis años de prisión por corrupción

Buenos Aires | La vicepresidenta de Argentina, Cristina Fernández, fue condenada este martes a 6 años de prisión en un juicio por irregularidades en la concesión de obras viales durante los Gobiernos kirchneristas (2003-2015).

Al dictar sentencia en un juicio que se había iniciado en mayo de 2019, el Tribunal Oral Federal 2 también condenó a la expresidenta a la pena de inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Los jueces hallaron culpable a Cristina Fernández del delito de administración fraudulenta de fondos públicos, pero la absolvieron en los cargos por presunta asociación ilícita.

Manifestantes kirchneristas se concentran frente a los tribunales federales de Comodoro Py, para aguardar la lectura del fallo del juicio que afronta la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en Buenos Aires (Argentina). EFE/Matías Martín Campaya

La pena dispuesta para Fernández en la denominada «causa Vialidad» es menor a la de 12 años de cárcel que había solicitado en agosto pasado la Fiscalía en los alegatos finales de este proceso.

El tribunal oral también ordenó decomisar los efectos del delito, que consisten en una suma de 84.835 millones de pesos (482 millones de dólares).

La expresidenta, de 69 años y quien en principio goza de inmunidad hasta diciembre de 2023 en razón de su cargo en el Ejecutivo, tiene el derecho de recurrir la sentencia ante tribunales superiores.

La vicepresidenta de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, saluda a la salida de su casa previo al veredicto sobre el caso en su contra, en Buenos Aires (Argentina). EFE/ Enrique García Medina

Además de condenar a Cristina Fernández, el tribunal también impuso una pena de 6 años de prisión para Lázaro Báez, el exsecretario de Obras Públicas José López y el extitular de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti.

También impuso diversas penas de entre 3 años y medio y 5 años a los extitulares de Vialidad Nacional en Santa Cruz Mauricio Collareda y Raúl Daruich, a los expresidentes de la Agencia Provincial de Vialidad en Santa Cruz Raúl Pavesi y José Raúl Santibañez y a Juan Carlos Villafañe, exalcalde de la sureña ciudad de Río Gallegos y expresidente de Vialidad de Santa Cruz.

Por otra parte, el tribunal absolvió a Julio De Vido, ministro de planificación Federal de Argentina entre 2003 y 2015; Abel Fatala, exsubsecretario de Obras Públicas de Argentina, y Héctor Garro, expresidente de la Agencia Provincial de Vialidad en Santa Cruz.

En el caso de Carlos Kirchner, primo del expresidente Néstor Kirchner y extitular de la Subsecretaría de Coordinación de Obra Pública Federal, los jueces lo absolvieron por el delito de asociación ilícita y dictaron su sobreseímiento por incumplimiento de los deberes de funcionario público al considerar que ese delito había prescrito.

La vicepresidenta, que en los últimos años ha sorteado los pedidos de prisión preventiva dictados en su contra en diversas causas -en muchas de las cuales fue sobreseída- gracias a los fueros que la protegen, siempre ha defendido su inocencia y ha asegurado ser blanco de un hostigamiento judicial y político.

En su tramo final, el juicio se vio sacudido por el atentado que sufrió Cristina Fernández el 1 de septiembre, cuando un hombre intentó dispararle a las puertas de su domicilio en Buenos Aires, mientras un grupo de seguidores demostraba su apoyo a la vicepresidente en el proceso judicial.

EFE

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